Ley KarinProcedimientos para cumplir con la Ley Karin: qué debe hacer tu empresa según su tamaño
Obligaciones según el tamaño de la empresa
La Ley N° 21.643 no aplica de forma uniforme a todas las organizaciones. Las exigencias varían según la cantidad de trabajadores.
Empresas con menos de 10 trabajadores
Las organizaciones más pequeñas deben cumplir con tres obligaciones fundamentales:
1. Protocolo de Prevención
Deben contar con un Protocolo de Prevención de Acoso Laboral, Acoso Sexual y Violencia en el Trabajo, con los procedimientos de notificación correspondientes, especialmente durante la incorporación de nuevos colaboradores.
2. Evaluación de riesgos psicosociales
Esta evaluación solo es obligatoria ante una denuncia individual o por iniciativa voluntaria de la empresa. La gestión de la evaluación corresponde a los organismos administradores autorizados (como mutuales de seguridad).
3. Difusión a los trabajadores
El empleador debe informar a su equipo sobre la existencia del protocolo, los canales de denuncia disponibles y los mecanismos para reportar incumplimientos.
Empresas con 10 o más trabajadores
Las organizaciones con mayor dotación enfrentan obligaciones más amplias:
1. Protocolo de Prevención completo
Incluye identificación de peligros y evaluación de riesgos psicosociales, siguiendo la metodología oficial.
2. Evaluación de riesgos psicosociales obligatoria
La evaluación se realiza con apoyo del organismo administrador (mutual o SUSESO) mediante la metodología CEAL-SM/SUSESO.
3. Comité de Aplicación (CdA)
Se debe constituir un comité paritario que supervise la aplicación de las medidas preventivas. Su composición y funcionamiento están reglamentados.
4. Campaña de sensibilización
Campañas internas periódicas mediante comunicaciones, afiches y material informativo accesible para todos los trabajadores.
5. Comunicación de resultados
Los resultados de la evaluación de riesgos deben ser comunicados a los trabajadores a través de reuniones y publicaciones visibles en el lugar de trabajo.
6. Implementación de medidas correctivas
Las medidas derivadas de la evaluación deben documentarse y verificarse en su aplicación efectiva.
7. Reevaluación bienal
Cada dos años debe realizarse una nueva evaluación para mantener el cumplimiento vigente.
Plazos del proceso de investigación
Independientemente del tamaño de la empresa, cuando se recibe una denuncia, los plazos son:
| Etapa | Plazo |
|---|---|
| Aceptación formal de la denuncia | 3 días hábiles |
| Investigación interna | 30 días (prorrogable) |
| Resolución y comunicación | Según normativa |
Canal de denuncias: un requisito operativo clave
Tanto la Ley Karin como las normas SUSESO exigen que el canal de denuncias sea accesible, confidencial y funcional. Esto implica:
- Que los trabajadores puedan denunciar desde cualquier lugar
- Que puedan hacerlo de forma anónima si así lo prefieren
- Que exista un mecanismo para hacer seguimiento de su denuncia
- Que los plazos de respuesta se respeten y queden registrados
Nota legal: Los plazos y obligaciones específicos deben verificarse con un abogado o asesor laboral. Esta información tiene fines informativos generales y puede no reflejar las últimas actualizaciones reglamentarias.
BeeMoral facilita este proceso
BeeMoral permite implementar el canal de denuncias requerido por la Ley Karin, gestionar los casos recibidos y mantener el registro auditable necesario para demostrar cumplimiento. La plataforma se habilita en menos de 24 horas.